Otra vez, una institución pública bloquea el acceso a información pública

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Otra vez, una institución pública negó información pública a una estudiante de Punto y Aparte. Esta vez se trata de Kathleen Baker de la Clase 10, quien interpuso un recurso de amparo en contra de la Municipalidad de Limón luego de intentar en múltiples ocasiones acceder a información de interés público para un reportaje próximo a publicarse.

“La Municipalidad de Limón cuenta con correos erróneos en su página web por lo que el proceso de solicitud se atrasó. Luego de conseguir un número y un correo correcto, se procedió a llamar para hacer la solicitud. Después se enviaron correos y la bola se pasaba de un colaborador a otro», relató Kathleen. 

Tras varios intentos infructuosos por acceder a la información, el 18 de agosto Kathleen decidió interponer un recurso de amparo. Una semana después, el 24, la Municipalidad envió un correo con la información y tiempo después la Sala resolvió a favor de la estudiante.

“Luego de eso volví a pedir información al mismo departamento y ahora ni un recibido acusaron. Queda en evidencia que muchas veces solo cuando hay un recurso de por medio las instituciones acceden a dar la información pública», comentó Kathleen.

No es la primera vez que un estudiante de Punto y Aparte debe interponer un recurso para acceder a información pública.

Desde el 2016, cuando iniciamos con la Clase 1, estudiantes como Tomás Gómez tuvieron dificultades con su reporteo debido a este tipo de situaciones, aunque en su caso, optó por otras vías. Un año después, Manuel Mojica de la Clase 3, tuvo que desistir de entregar a tiempo su reportaje para participar por el premio, debido a que la Municipalidad de Santa Cruz se negó en repetidas ocasiones a brindar la información de carácter público solicitada en su momento. Esto solo sucedió tiempo después gracias a la condena que realizó la Sala Constitucional luego de interpuesto un recurso de amparo.

“Todas las instituciones públicas debían ser conscientes de que la información que manejan es de interés público, por lo que debería ser de fácil acceso a la comunidad y a los comunicadores. Tener una plataforma de datos abiertos le permite a las entidades públicas tener una mayor transparencia con su población y así los comunicadores podrían acceder de forma más sencilla y efectiva con el fin de comunicar información exacta y veraz. Como comunicadora considero que no debería ser tan difícil el acceso a la información en las instituciones públicas el trámite de solicitud debería ser sencillo y no estar pasando la responsabilidad de departamento a departamento y que ninguno pueda dar la información requerida», añadió Kathleen.

De David Delgado, periodista, abogado y asociado de Punto y Aparte

Esta decisión de una minoría de la Sala Constitucional –de declarar con lugar un recurso de amparo por vulnerarse el derecho de petición y, a la vez, resolver sin especial condenatoria en costas– resulta caprichosa y, por ende, premia las actuaciones de la Administración Pública lesivas de derechos fundamentales.

En el caso específico, como la Municipalidad de Limón al ser notificada del recurso de amparo interpuesto por la periodista corrió a brindar respuesta a la solicitud de información, sólo por el hecho de que lo hiciera antes de que se emitiera la resolución, no es causa suficiente para que se exonere al gobierno local del pago de los daños y perjuicios.

La condenatoria en costas que uno espera que la Sala haga en abstracto cuando se confirman lesiones a derechos fundamentales (aún cuando no se trate de derechos patrimoniales o económicos) sirve para reparar el daño y disuadir al accionado de que incurra nuevamente en conductas lesivas de derechos.

Le corresponde siempre al juez contencioso administrativo determinar la forma en que debe repararse el daño si el lesionando demuestra cuál fue el daño o los gastos en que incurrió para haber acudido a la vía constitucional.

No es la primera vez que la Sala lo hace y, peor aún, este tipo de discusiones se han venido notando con mayor frecuencia en fallos de la Sala Constitucional principalmente cuando los periodistas pedimos información de interés público, nos la deniegan en el plazo correspondiente y, mientras se resuelve el amparo, la Administración corre a contestar.

Lo que están haciendo es premiando una conducta que debe erradicarse: la denegatoria de acceso a información pública.

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